condiciones generales

El billete deberá conservarse durante el viaje a disposición del personal de la empresa que lo solicite, junto con los documentos justificantes del descuento obtenido.
validez del billete:
Se recomienda al viajero compruebe que el billete corresponde al trayecto, día y hora solicitada, no admitiéndose reclamaciones una vez retirado el billete de la taquilla.
adquisición y reserva:
Los billetes podrán ser adquiridos con antelación. Si se desea adelantar el viaje, todo viajero deberá personarse en cualquier taquilla de DAIBUS para formalizar el cambio de billete, siempre que existan plazas disponibles.
condiciones de viaje:
  • menores

  • De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 965/2006, de 1 de septiembre, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, con independencia de su edad Daibus debe asignar al menor una plaza en el vehículo. Se prohíbe que los menores viajen sin la compañía de un adulto, a menos que los padres, o en su caso el tutor, expida una autorización al menor para poder viajar solo, que será facilitada por Daibus a través de las taquillas. No se admitirá, en ningún caso a menores de 6 años sin acompañante.

  • personas de movilidad reducida en silla de ruedas

  • Con carácter general no existen limitaciones para pasajeros con discapacidades o condiciones especiales, a menos que se trate de personas con movilidad reducida en silla de ruedas, que dependan para acceder al autocar de una plataforma elevadora y anclar la silla de ruedas en el vehículo, quienes deberán adquirir el billete con 48 horas de antelación como mínimo. Por las características del servicio sólo se permite una silla de ruedas montada y anclada a bordo del autocar.

  • animales

  • La ley prohíbe el transporte en el habitáculo de viajeros de cualquier animal a excepción de los perros de asistencia. Cualquier tipo de animal viajará en la bodega, en el interior de jaulas o cestas especiales proporcionadas por el viajero que deben estar adaptadas para este uso, quedando totalmente prohibido transportarlos fuera de dichas jaulas o cestas. Las jaulas tendrán una medida máxima de 750mm de largo y 1000mm de alto, si se superase esta medida la jaula pasaría a situarse en la bodega. El transporte se limitará a animales de compañía, perros, gatos, aves, etc. Con carácter general, el traslado de estos animales se realiza bajo la entera responsabilidad de sus propietarios, que viajarán necesariamente en el mismo servicio que el animal. El viajero debe presentarse al embarque, acompañado del animal, con una antelación de 15 minutos, introduciendo personalmente el animal sedado en la jaula, situándola en el autocar, según las indicaciones del conductor. El desembarque del animal será igualmente realizado por su propietario, procurando que no haya personas en las proximidades a fin de evitar circunstancias incómodas o peligrosas, que pudieran afectar al resto de los viajeros. El coste del transporte será del 50% del precio del billete, siendo abonado como suplemento antes del viaje. Únicamente se admite un sólo animal por autobús.
  • bicicletas

  • Las bicicletas se considerarán como equipaje debiéndose encontrar en condiciones de viajar sin provocar daños en otros equipajes o bultos, siendo obligatorio, que estas vayan plegadas embaladas en algún tipo de caja o bolsa preparada para su transporte.
descuentos:
  • Mayor de 65/ Carné Joven /ISIC/ Ida y Vuelta en semana a ............15%
  • Grupos superiores a 15 personas .....................................................15%
  • Familia numerosa especial ...............................................................50%
  • Familia numerosa general ...............................................................20%
La compra de billetes a través de internet (www.daibus.es) permite la aplicación de todo tipo de descuentos. Para acceder a los descuentos, el viajero debe presentar ante el conductor la documentación pertinente, acompañada del correspondiente Título de transporte. Para tener derecho a estas bonificaciones el usuario deberá cumplir todos los requisitos y formalidades que determinan la Ley 40/2003 de 18 de noviembre (BOE de 19).
equipaje:
El viajero tiene derecho a transportar gratuitamente hasta 30 Kgs de equipaje. El viajero es el único responsable de la custodia, y en su caso de la pérdida o deterioro de los bultos de mano o equipajes que se transporten sin haberse entregado a la empresa transportista mediante recibo. La responsabilidad por los daños o pérdidas que sufran los equipajes estará limitada, conforme a lo dispuesto en la Ley 9/2013, de 4 de julio, que lo limita a 450 euros.
refuerzos:
En los servicios nacionales, la Empresa se reserva la posibilidad de realizar el servicio mediante vehículos de empresas colaboradoras cuando las circunstancias así lo requieran, y en particular, para hacer frente a intensificaciones de tráfico, pudiendo éstos no reunir necesariamente las mismas características de confort que los propios. Con Daibus, los vehículos contratados para reforzar la línea (número de coche 2 y sucesivos) realizan 2 paradas de 15 y 30 minutos, o una única parada de 45 minutos durante el trayecto a fin de cumplir lo establecido en la legislación vigente en materia de tiempos de conducción y descanso.
cambios y anulaciones:
La petición de anulación del billete lleva el descuento del 10% del importe del mismo cuando se solicite con al menos 48 horas antes de la salida. Si la anulación se pide entre las 48 horas y 2 horas anteriores a la salida, el descuento será del 20%. No se procederá al cambio, ni a la anulación, ni por consiguiente a la devolución de su importe, dentro de las dos horas inmediatamente anteriores a la salida del autocar. Los billetes abonados con tarjeta financiera solo se podrán anular contra la tarjeta con la que se realizó la compra. La no presentación a la salida significará la pérdida total del importe. 
responsabilidad:
Existen hojas de reclamaciones y hojas de quejas y sugerencias en nuestras administraciones. Por motivo de averías en ruta, u otras eventualidades, el viajero solamente tendrá derecho a la continuidad del viaje en otro vehículo. El titular de este billete está amparado por el SEGURO OBLIGATORIO DE VIAJEROS.
La Empresa declina toda responsabilidad sobre daños causados por retrasos, supresión de una salida o pérdida de conexión con otro medio de transporte.
fumadores:
Queda terminantemente prohibido fumar. Ley 42/2010, de 30 de diciembre

*La Empresa no se somete a Arbitraje